La Corte pone la mira sobre auditores por extralimitarse

Ministros Víctor Ríos y Manuel Ramírez Candia expresaron públicamente su preocupación por el trabajo de los auditores de la Dirección de Auditoría Jurisdiccional. Advierten sobre evaluaciones que, según sostienen, podrían terminar convirtiendo a los auditores en una suerte de instancia superior de los jueces. También cuestionan la rigurosidad de algunos informes.

La tarea que desarrolla la Dirección de Auditoría Jurisdiccional de la Corte Suprema quedó bajo la lupa de los propios ministros del máximo tribunal. Durante el análisis de casos concretos, los ministros Víctor Ríos y Manuel Ramírez Candia manifestaron reparos sobre el alcance que estarían dando los auditores a sus intervenciones y reclamaron que los controles se ajusten estrictamente al manual de funciones aprobado por la Corte.

La principal preocupación expuesta por Ríos apunta a evitar que una auditoría termine funcionando, en los hechos, como una instancia de revisión de las decisiones judiciales. El ministro realizó esta precisión al solicitar una auditoría en el marco de un expediente relacionado con un supuesto caso de estafa.

“Por qué pido una auditoría, aclaro que es para que la auditoría cumpla sus funciones, el manual de funciones aprobado por la Corte Suprema, no para que vaya un auditor a revisar lo que resolvió la magistrada”, señaló Ríos.

El ministro fue enfático al marcar una diferencia entre auditar el funcionamiento de un juzgado y revisar el contenido de una decisión jurisdiccional. En ese sentido, expresó su preocupación por la posibilidad de que los auditores terminen evaluando las resoluciones judiciales como si fueran una instancia superior.

“Me preocupa que los auditores vayan a revisar un trabajo tipo de apelación, me preocupa mucho que los auditores vayan y evalúen como una instancia superior el sentido de lo resuelto por la magistratura”, sostuvo.

Para Ríos, el rol de la Auditoría Jurisdiccional debe estar delimitado por las atribuciones que le fueron conferidas formalmente por la propia Corte Suprema.

“Esto es para que la auditoría debe cumplir su rol conforme al manual”, subrayó el ministro.

Ramírez Candia cuestiona rigor de los informes

En la misma línea, el ministro Manuel Ramírez Candia también lanzó una crítica al trabajo de los auditores, aunque puso énfasis en la rigurosidad de las verificaciones que realizan antes de emitir sus informes.

“En definitiva creo que se extralimitan al evaluar la decisión del Tribunal y a veces faltan a la verdad”, afirmó.

Como ejemplo, Ramírez Candia mencionó un caso ocurrido en Coronel Oviedo, donde según explicó, un informe de auditoría habría consignado que un magistrado no fue quien dictó una resolución, pese a que en el expediente judicial constaría lo contrario.

“Cito un caso en Coronel Oviedo: señalaron que un magistrado no fue el que dictó la resolución, porque en el expediente consta que el magistrado dictó la resolución”, manifestó.

A criterio del ministro, situaciones de esta naturaleza deberían servir como una oportunidad para fortalecer los mecanismos de control sobre quienes tienen a su cargo la tarea de auditar a los órganos jurisdiccionales.

“Creo que es una magnífica oportunidad para ser más rigurosos en el control del trabajo que realizan los auditores”, sostuvo.

El debate sobre los límites de la auditoría

Las expresiones de ambos ministros abren un debate relevante dentro del Poder Judicial: hasta dónde puede llegar una auditoría jurisdiccional sin invadir la independencia de los magistrados ni convertirse en una instancia paralela de revisión de resoluciones.

La función de control resulta esencial para detectar irregularidades, incumplimientos administrativos o deficiencias en la gestión de los despachos judiciales. Sin embargo, la advertencia de los ministros apunta a que ese control debe ejercerse dentro de los límites establecidos y sin sustituir los mecanismos procesales previstos para cuestionar una decisión judicial.

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