Defensora revierte embargo de víctima de Vanessa y Asociados

Una resolución del Juzgado de Paz de Mariano Roque Alonso hizo lugar al incidente de nulidad planteado por la defensora pública Leticia Casaccia y dispuso dejar sin efecto un embargo ejecutivo, además de retrotraer el proceso a una etapa anterior. La decisión beneficia a una mujer que también fue víctima del esquema conocido como la “mafia de pagarés”.

El Juzgado de Paz de Mariano Roque Alonso resolvió hacer lugar al incidente de nulidad de actuaciones promovido por la defensora pública Leticia Casaccia, en representación de Eulogia Gerónima Olmedo, dentro de un juicio promovido por Vanessa y Asociados S.A. por supuesto cobro de guaraníes.

La resolución, dictada el 13 de agosto de 2026, concluye que existieron vicios procesales que afectaron garantías fundamentales de la demandada, particularmente su derecho a la defensa y al debido proceso.

Como consecuencia de la decisión judicial, se dispuso la nulidad de una notificación de fecha 22 de diciembre de 2021, así como de las demás notificaciones cuestionadas por la abogada y de las actuaciones posteriores que derivaron de ellas.

Uno de los efectos más relevantes de la resolución es la nulidad del embargo ejecutivo decretado en el expediente y de la Sentencia Definitiva N.º 3945, del 19 de octubre de 2022.

La defensa cuestionó la validez del proceso

El juzgado sostuvo que los vicios advertidos eran de tal gravedad que impedían la continuidad válida del proceso, debido a la afectación de principios constitucionales vinculados con el derecho a la defensa y el debido proceso.

En ese sentido, la resolución cita el artículo 113 del Código Procesal Civil, que faculta a los magistrados a declarar de oficio la nulidad cuando el vicio impide dictar válidamente una sentencia definitiva.

El magistrado también hizo referencia a la Acordada N.º 1800/25, que establece el Protocolo de Actuación para la Depuración de los Juicios Ejecutivos y de Cobro de Sumas de Dinero ante los Juzgados de Paz. El protocolo contempla la revisión de actuaciones y la detección de procedimientos afectados por graves irregularidades o vicios procesales.

A partir de estos antecedentes, el juzgado consideró que correspondía no solo declarar la nulidad de las actuaciones cuestionadas, sino también levantar el embargo salarial y las demás medidas cautelares decretadas en el expediente.

Ordenarán devolver el dinero depositado

La resolución establece además que, una vez firme la decisión, deberá expedirse una orden de pago a favor de Eulogia Gerónima Olmedo Mendoza, con el objetivo de que pueda retirar las sumas de dinero que se encuentran depositadas en la cuenta judicial vinculada al proceso.

El fallo también impuso las costas a la parte perdidosa, debido a que existió oposición de la parte actora al incidente planteado por la demandada.

Casaccia vuelve a revertir un embargo

La intervención de la defensora pública Leticia Casaccia vuelve a poner en primer plano el trabajo de la defensa pública en casos de personas afectadas por procesos de cobro basados en pagarés.

En este caso, la actuación de Casaccia permitió revertir el embargo y dejar sin efecto una sentencia, luego de que la defensa planteara la existencia de irregularidades que comprometían la validez de actuaciones esenciales del proceso.

El caso se inscribe en la problemática conocida públicamente como la “mafia de pagarés”, expresión utilizada para describir denuncias y cuestionamientos relacionados con procesos ejecutivos en los que personas terminan enfrentando embargos, descuentos salariales o reclamos judiciales derivados de pagarés cuya utilización o exigibilidad es posteriormente controvertida.

Cabe señalar que la resolución analizada declara la nulidad por vicios procesales y no establece, por sí sola, la existencia de una organización criminal denominada “mafia de pagarés”. La referencia corresponde al contexto en el que la defensa y sectores de la sociedad vienen denunciando abusos relacionados con este tipo de procedimientos.

El juicio vuelve a una etapa anterior

Como parte de la decisión, el Juzgado de Paz ordenó retrotraer el proceso hasta la providencia del 3 de septiembre de 2021, disponiendo que se practique una nueva notificación a la demandada, por cédula y en su domicilio real.

De esta manera, el proceso deberá continuar respetando las garantías procesales de la demandada, pero partiendo nuevamente desde una etapa anterior a las actuaciones que fueron declaradas nulas.

La resolución representa, en términos concretos, un alivio para la afectada: se deja sin efecto el embargo ejecutivo, se anula la sentencia que había sido dictada en su contra y se abre la posibilidad de recuperar las sumas depositadas judicialmente.

El caso vuelve a mostrar, además, la importancia del control de las actuaciones dentro de los juicios ejecutivos y del rol de la defensa pública para detectar irregularidades que puedan derivar en afectaciones patrimoniales y vulneraciones del derecho a la defensa.

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