José Fernández Zacur, defensor del expresidente del IPS Jorge Brítez, cuestionó las consecuencias sociales y patrimoniales que afrontan las personas sometidas a un proceso penal. Señaló que su cliente está inhibido de disponer de sus bienes registrables y calificó la situación como una “muerte civil”.
El abogado José Fernández Zacur advirtió sobre las consecuencias que puede generar una imputación penal en la vida de una persona, incluso antes de que se determine su responsabilidad en los hechos investigados. Según sostuvo, el sometimiento a un proceso judicial puede ocasionar perjuicios sociales, reputacionales, psicológicos y económicos que difícilmente se revierten, aun cuando la causa concluya con un sobreseimiento.
El profesional hizo estas consideraciones al referirse a la situación de su defendido, Jorge Brítez, expresidente del Instituto de Previsión Social (IPS), quien enfrenta una causa abierta por presuntas irregularidades durante su gestión al frente de la institución.
“Primero, la imputación causa un agravio social importante, un agravio reputacional, psicológico y económico. Muchas veces, el mero hecho de estar procesado genera una aflicción casi tan importante como una pena”, expresó Fernández Zacur.
El abogado puso el foco en la estigmatización que puede acompañar a una persona desde el inicio de un proceso penal y cuestionó que las consecuencias sobre su imagen pública no necesariamente desaparezcan si posteriormente obtiene una resolución favorable.
“¿Quién le devuelve al imputado que termina sobreseído todo el tiempo de estigmatización social que genera la imputación?”, planteó.
La inhibición de bienes y la “muerte civil”
Al referirse concretamente a Brítez, Fernández Zacur señaló que su defendido soporta una inhibición que, según explicó, le impide comprar o vender bienes registrables. A criterio del abogado, esta restricción representa una consecuencia patrimonial significativa que se suma al impacto reputacional de la causa.
“El doctor Brítez está inhibido, eso significa que no puede comprar ni vender bienes registrables y esto prácticamente implica una muerte civil. Él no puede disponer de sus bienes”, manifestó.
El defensor utilizó esa expresión para dimensionar las limitaciones que, según su postura, enfrenta su cliente como consecuencia de las medidas adoptadas en el marco del proceso judicial.
En ese contexto, rechazó que una imputación pueda considerarse una situación carente de perjuicios para la persona investigada y sostuvo que las restricciones económicas deben ser tenidas en cuenta al analizar los efectos de una causa penal.
“No me pueden venir a decir que la imputación no causa agravio, si causa agravio, desde lo económico pasando por lo reputacional”, remarcó.
Daños que, según la defensa, no se reparan
Fernández Zacur también cuestionó el impacto de las medidas cautelares sobre las personas sometidas a una investigación penal. Sostuvo que estas restricciones, aunque se adopten dentro de un procedimiento judicial, pueden producir consecuencias que trascienden el expediente.
“Las medidas cautelares de por sí son una medida de coerción procesal. Esto genera agravio que después no se recupera”, afirmó.
De esta manera, el abogado planteó que el perjuicio derivado de una imputación no se limita a las consecuencias jurídicas que puedan surgir al término de una causa, sino que también comprende el desgaste psicológico, la exposición pública y las limitaciones patrimoniales que una persona puede experimentar durante el proceso.
Las declaraciones corresponden a la postura de la defensa de Brítez, quien continúa sometido a una causa por presuntas irregularidades durante su administración del IPS.











